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Fair Labor Standards Act Advisor

Voluntarios del Sector Público

Los empleados del sector público pueden ofrecerse como voluntarios para distintos tipos de trabajos en la jurisdicción en la cual están empleados, u ofrecerse como voluntarios para trabajos similares en distintas jurisdicciones. Por ejemplo, los oficiales de policía pueden ofrecerse como voluntarios para trabajos distintos (no relacionados con el cumplimiento de la ley) en parques y escuelas de la ciudad o pueden realizar el cumplimiento de la ley para una jurisdicción distinta a la de su trabajo.

Las Regulaciones 29 C.F.R. §553.103 del Departamento de Trabajo definen “mismo tipo de servicios” como servicios similares o idénticos. En general, DOL consideraría las obligaciones y otros factores contenidos en las definiciones de ocupaciones del Diccionario de Títulos Ocupacionales al momento de determinar si las actividades del voluntario son el “mismo tipo de servicios” de las actividades del empleo”.

Es igualmente importante considerar si el servicio del voluntario está relacionado muy de cerca con las obligaciones reales o las responsabilidades que se le asignan al empleado que “se ofrece como voluntario”.

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