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Fair Labor Standards Act Advisor

Hoteles de Jubilados, Apartamentos u Hoteles

Muchos establecimientos referidos como hoteles de jubilados, apartamentos de jubilados, hogares de ancianos y similares proporcionan residencias y otros servicios a personas ancianas. A fin de determinar si un establecimiento puede calificar como una institución comprometida principalmente al cuidado de personas enfermas, ancianas, enfermos mentales o con discapacidades de desarrollo que viven en los establecimientos, una de las preguntas claves es si se provee "cuidado".

La palabra “cuidado” está sujeta a una amplia interpretación y abarca los servicios y la atención de rutina Las instituciones, las cuales cuidan (así como otras instituciones que cuidan de un enfermo, enfermos mentales o discapacitados mentales) pueden variar desde establecimientos de servicio extremadamente bueno a aquellos con un servicio de tipo custodial. Donde un establecimiento toma responsabilidad completa de cualquier cuidado de ancianos o atención hospitalaria que un residente requiera, hay “cuidado” del residente. Sin embargo, no es necesario que el establecimiento tenga que ser un asilo de ancianos o de cualquier otra manera orientado médicamente para ser una casa de ancianos. Si además de recibir comida, protección y lavado de ropa, los ocupantes mayores tienen que estar observados muy de cerca debido a su condición senil aunque no reciban atención médica, pueden, dependiendo de todos los hechos, estar recibiendo “cuidado” de personas ancianas dentro de las exigencias de la FLSA.

Algunos apartamentos con acceso a cocina y hogares de ancianos que proveen comida a los jubilados y otras personas ancianas quienes son completamente ambulatorias en condiciones de salud razonables no se consideran instituciones comprometidas principalmente al cuidado de los ancianos que viven en los establecimientos. Aunque dicho establecimiento puede ofrecer ciertos servicios especiales, como por ejemplo, timbres de emergencia en el baño conectados a un sistema de dirección pública en la oficina y una enfermera titulada en deber por una hora cada día para ayudar a los inquilinos si necesitan ayudan para tomar las medicinas requeridas. Estos servicios son generalmente parte de un servicio de lujo proporcionado por el establecimiento y dichos establecimientos no estarían sujetos a la ley.

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