Fair Labor Standards Act Advisor
Según sus respuestas, sus empleados no están involucrados, de forma regular y recurrente, en la producción de bienes para el comercio interestatal o en un trabajo relacionado de cerca o que sea directamente esencial para dicha producción.
Ya que la cobertura de la Ley de Normas Justas de Trabajo (FLSA) se determina por semanas laborales, sus empleados están sujetos a la FLSA únicamente en las semanas laborales en las que se involucren en el comercio interestatal.
Sin embargo, hay varias otras formas de estar sujeto a la FLSA. Sus empleados pueden estar bajo el alcance de la ley durante semanas laborales en las que se involucren en el comercio interestatal, en las que cumplan con la definición de un empleado doméstico o se desempeñen en un trabajo de construcción sujeto a la ley. Los trabajadores menores también pueden estar bajo el alcance de las disposiciones de trabajo de menores de edad de la FLSA cuando trabajan en establecimientos de producción sujetos a esta ley. También debe estar al tanto de que en ciertos casos encontramos que hay empleados que trabajan conjuntamente para más de un empleador.
Observe que si la cobertura previa aplica a su negocio, debe cumplir con el mantenimiento de datos, pago de sobretiempo y con las disposiciones de trabajo de menores de edad en todas las semanas laborales. Se exigiría el pago de no menos del salario mínimo Federal para los empleados durante las semanas laborales en las que se involucren en la producción de bienes para el comercio interestatal o en un trabajo que esté relacionado de cerca y sea directamente esencial para dicha producción. Se requerirá el pago de no menos de $3.35 por hora durante las semanas laborales que un empleado no tenga cobertura individual.
Recuerde que algunos empleados están exentos de varias disposiciones de la ley. Para revisar las amplias categorías de estas exenciones o para obtener información adicional sobre la FLSA, haga clic en el texto subrayado. Para saber si sus trabajadores son empleados, haga clic aquí.
Para mayor información, póngase en contacto con la Oficina Local de Horas y Salarios de su Distrito.